Seguro obligatorio patinetes 2026
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Seguro obligatorio para patinetes en 2026: por qué una bicicleta eléctrica te ahorra dinero y trámites

A partir del 2 de enero de 2026, todos los patinetes eléctricos (VMP) que circulen por España deberán tener seguro de responsabilidad civil.

Es una obligación recogida en la Ley 5/2025, que crea un seguro específico para los llamados vehículos personales ligeros (VPL) y marca un periodo transitorio desde su publicación en el BOE (julio de 2025) hasta su plena aplicación en 2026.

Lo esencial en 30 segundos

  • El seguro será obligatorio para patinetes y otros VPL desde el 2/01/2026.
  • Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido (EPAC) que cumplen normativa (≤250 W y asistencia hasta 25 km/h) quedan exentas del seguro obligatorio.
  • Las e-bikes “fuera de norma” (ej. speed-pedelecs o equivalentes L1e-Bse consideran vehículos a motor y sí requieren seguro como cualquier ciclomotor.
  • Además del seguro, el Gobierno pondrá en marcha registro y certificado de circulación en la DGT para estos VPL antes del 2/01/2026.

¿Qué cambia exactamente para los patinetes eléctricos?

La Ley 5/2025 crea un seguro obligatorio de responsabilidad civil para VPL. En esta categoría entran los vehículos de una plaza, propulsados exclusivamente por motor eléctrico, con velocidad máxima de fabricación entre:

  • 6–25 km/h si pesan menos de 25 kg.
  • 6–14 km/h si superan 25 kg.

Para circular legalmente deberán estar inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT, contar con certificado de circulación y etiqueta/matrícula identificativa.

El seguro cubre daños a terceros (personas y bienes); los mínimos de cobertura fijados para VPL son:

  • 6.450.000 € por siniestro en daños personales.
  • 1.300.000 € en daños materiales.

Circular sin seguro conllevará sanciones económicas, además de la posible inmovilización del vehículo y la responsabilidad por daños.

¿Y las bicicletas eléctricas?

Buenas noticias para quien ya va (o quiere pasarse) a la bici eléctrica:

  • Quedan explícitamente excluidas del seguro obligatorio las bicicletas y bicicletas de pedaleo asistido con ≤ 250 W de potencia nominal y asistencia que se corta a 25 km/h o cuando dejas de pedalear. Es decir, las EPAC que todos conocemos y que Flebi fabrica.
  • Ojo: si tu e-bike supera esos límites (por potencia, velocidad o por permitir moverse sin pedalear), puede encajar en L1e-B (ciclomotor) y entonces sí exige seguro como vehículo a motor, además de cumplir con el resto de requisitos de circulación.

Calendario: ¿cuándo entra en vigor?

Publicación de la ley (25 de julio de 2025)

Ese día se publica en el BOE la Ley 5/2025. Su aprobación no obliga de inmediato a contratar un seguro a nivel nacional: abre un periodo de adaptación para desarrollar el reglamento y preparar los sistemas (registro de VMP en la DGT, certificado de circulación, formato de identificación, etc.).

Periodo transitorio (2º semestre de 2025)

Mientras llega la aplicación general, siguen vigentes las ordenanzas locales: si tu ciudad ya exigía seguro para patinetes, deberás mantenerlo allí.

A escala estatal, el seguro aún no es obligatorio; no obstante, es buen momento para comprobar que tu VMP cumple la certificación de la DGT y para comparar pólizas.

Obligatoriedad estatal (2 de enero de 2026)

Desde esa fecha, todo VMP que circule por España deberá tener seguro de responsabilidad civil en vigor, independientemente del municipio.

Además, podrán exigirte que el vehículo esté inscrito en el registro de la DGT y cuente con su certificado de circulación e identificador.

Nota: si el reglamento se publicara antes, algunas exigencias técnicas (como el registro o el identificador) podrían adelantarse; pero la fecha clave para el seguro es enero de 2026.

¿Cuánto me puede costar no tener seguro en un patinete?

Las multas por circular sin seguro podrán ser significativas, además de la posible inmovilización del vehículo y la asunción de responsabilidad civil en caso de daños a terceros. A ello se suma el coste y la gestión del propio seguro y del registro.

Ventajas de la bici eléctrica frente al patinete en 2026

  • Menos costes fijos y burocracia: si tu e-bike cumple la normativa EPACno necesitas contratar un seguro obligatorio. Ahorras la prima anual, evitas gestiones y reduces el riesgo de sanción.
  • Más estabilidad normativa: la exclusión de las EPAC del seguro se ha aclarado en la ley y no depende de ordenanzas locales cambiantes.
  • Movilidad activa y saludable: pedalear (con asistencia) añade un plus de salud y sostenibilidad, sin renunciar a rapidez y comodidad en tu día a día.

Checklist rápido: ¿tu e-bike necesita seguro?

  • Potencia nominal continua: ¿es menor de 250 W?
  • Asistencia: ¿se corta a 25 km/h o cuando dejas de pedalear?
  • Acelerador: ¿NO te mueves sin pedalear?

Si respondes  a todo, estás ante una EPAC y no entras en el seguro obligatorio de 2026.

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